Revista de Ciencias Humanas y Sociales
© 2022. Universidad del Zulia
ISSN 1012-1587/ ISSNe: 2477-9385
Depósito legal pp. 198402ZU45
Portada: Crónicas A y B
Artista: Rodrigo Pirela
Medidas: 40 x 60 cm
Técnica: Tinta y acrílico sobre Papel Fabriano
Año: 2012
Año 38, Regular No.99 (2022): 258-289
ISSN 1012-1587/ISSNe: 2477-9385
DOI: https://doi.org/10.5281/zenodo.7502720
*Este trabajo es financiado por la Dirección de Investigación de la Universidad
Colegio Mayor de Cundinamarca y forma parte del Proyecto de Investigación
intitulado: Propuesta Socioeducativa para una Política de Prevención del Delito en
Población Migrante en Colombia, dentro del Grupo de Pedagogía y Derecho de la
Facultad de Derecho de la Unicolmayor.
Recibido: 08-08-2022 Aceptado: 14-10-2022
Reflexiones sociojurídicas sobre migración forzada y
cambio climático. Miradas desde El Cerrejón-
Colombia*
Flor María Ávila Hernández
Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, Colombia
Código ORCID: 0000-0002-0509-7249
fmavila@unicolmayor.edu.co
Myriam Sepúlveda López
Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, Colombia
Código ORCID: 0000-0002-6765-4290
Myriam.sepulveda@unicolmayor.edu.co
Carolina López Yousett
Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, Colombia
Código ORCID: 0000-0002-5172-6674
yousettlopez@gmail.com
Raffael Canchila Alvis
Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, Colombia
alvisraffael@gmail.com
Humberto Rivas Reyes Jaime
Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, Colombia
jhrivas@unicolmayor.edu.co
Resumen
La investigación analiza el impacto de la explotación de El
Cerrejón, del Departamento de la Guajira, en virtud del desplazamiento
forzado del pueblo Wayú de los últimos 20 años y las dinámicas
socioeconómicas que han originado su desplazamiento. Se estudian las
características antropológicas del pueblo Wayú, cosmovisión y
tradiciones. Se analiza el ordenamiento jurídico colombiano y se utiliza el
método de investigación documental. Se concluye la necesidad de
intensificar los niveles de protección de este pueblo ancestral,
garantizándole el derecho a sus tierras ancestrales, al hábitat y al
desarrollo sostenible.
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Palabras clave: Derechos Humanos; movilidad humana;
desplazamiento forzado; cambio climático; pueblo wayú.
Socio-legal reflections on forced migration and climate
change. Views from El Cerrejón-Colombia
Abstract
The research analyzes the impact of the exploitation of El
Cerrejón, in the Department of La Guajira, by virtue of the forced
displacement of the Wayú people in the last 20 years and the
socioeconomic dynamics that have caused their displacement. The
anthropological characteristics of the Wayú people, cosmovision and
traditions are studied. The Colombian legal system is analyzed and the
documentary research method is used. The need to intensify the levels of
protection of this ancestral people is concluded, guaranteeing the right to
their ancestral lands, habitat and sustainable development.
Key words: Human Rights; human mobility; forced displacement;
climate change; Wayúu indigenous.
1. ANTROPOLOGÍA DEL PUEBLO WAYÚ Y
CARACTERIZACIÓN DE LAS FAMILIAS DESPLAZADAS EN
EL DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA POR LA ACTIVIDAD
EN EL CERREJÓN
Es importante hacer una caracterización tanto del contexto como
de las familias que hacen vida en el Departamento de la Guajira,
explicando los elementos que confluyen en su idiosincrasia y
cosmovisión, así como sus características a nivel general, para
comprender el proceso de afectación que éstos sufren en torno a la
explotación del Cerrejón y el cambio climático, así como la necesidad
urgente de atender tal situación. A partir de los Objetivos del Desarrollo
Sostenible de Naciones Unidas 2015-2030, se exponen algunos
indicadores que ilustran los retrasos existentes en cuanto al desarrollo en
el Depto. de la Guajira y los desafíos de los retos pendientes para
erradicar tanto la situación de pobreza multidimensional existente, así
como sus efectos en la desnutrición especialmente en la población
infantil.
Al indagar en el Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo (PNUD, 2017), se observa que la meta de los ODM era llegar
al 28,5% de reducción de la pobreza monetaria en Colombia. Tal informe
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evidencia que para el año 2017, este objetivo ya se había alcanzado en el
país, pero no en La Guajira donde, el porcentaje superó el 50% de la
población: un total de 532.799 personas se encontraban en condiciones
de pobreza extrema.
El mismo Informe PNUD (2017) señala que el Departamento de
La Guajira tuvo una incidencia de pobreza multidimensional de
aproximadamente 80%, muy superior a la incidencia observada a nivel
nacional del 48,97%, de acuerdo con los últimos censos realizados.
Según de DE LOS SANTOS et al. (2017) las personas son los
instrumentos, los beneficiarios e, inclusive, las víctimas de los procesos de
desarrollo, que más prueba de ello que las que resaltaremos en el
contenido de esta investigación donde los intereses económicos de la
Nación (Desarrollo del Cerrejón y su productividad económica) son
colocados por encima de la estabilidad y calidad de vida de una población,
incluso el ya mencionado Informe Brundtland reconoce como parte del
nuevo Modelo de Desarrollo Sostenible, la necesidad de hacer frente a
problemas como pobreza, desigualdad, falta de acceso a servicios y la falta
de representación y participación democrática
1
.
En observancia de los datos socioeconómicos presentados, se
evidencia como el desarrollo de muchos, a veces no implica el mismo
proceso de evolución e igual desarrollo para otros, en un mismo país. Se
hace notar, según los datos estadísticos expuestos, que el enclave de la
explotación minera carbonífera en el Cerrejón no ha generado mayores
impactos sociales positivos en la población de la Guajira.
1.1. CARACTERIZACIÓN Y CONTEXTO SOCIAL DEL
PUEBLO WAYÚ
La Ubicación de la concesión del Cerrejón se encuentra en la
jurisdicción de los Municipios de Albania, Barrancas, Hatonuevo y
Maicao del Departamento de la Guajira. Existe un sector aledaño a la
1
Por otra parte, en el mismo orden de ideas, se resalta como los indicadores sobre la pobreza
multidimensional en la zona de la Guajira según informe DPN (2011) se constituyen como
alarmantes, evidenciados en: Condiciones educativas del hogar (20%): Bajo logro educativo (10%),
Analfabetismo (10%); Condiciones de la niñez y la juventud (20%), Inasistencia escolar (5%), Rezago
escolar (5%), Barreras de acceso a servicios para el cuidado de la primera infancia (5%), Trabajo infantil
(5%); Trabajo (20%): Tasa de dependencia económica (10%), Trabajo informal (10%); Salud (20%): No
aseguramiento en salud (10%), Barreras de acceso a servicios de salud (10%); Servicios públicos y
condiciones de la vivienda (20%): Sin acceso a fuente de agua mejorada (4%), Inadecuada eliminación
de excretas (4%), Pisos inadecuados (4%), Paredes exteriores inadecuadas (4%), Hacinamiento crítico
(4%). Todas estas condiciones se han perpetuado en el tiempo y se mantienen vigentes hasta nuestros
días.
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operación minera donde se asienta una población de alrededor de 60.000
habitantes. Esta área comprende las comunidades de Remedios, Roche,
Patilla, Chancleta, Las Casitas, Papayal y Nuevo Oreganal. Es de
importancia notar que los resguardos indígenas son denominados Cuatro
de Noviembre, Lomamato, El Cerro, Trupio, Gacho, Provincial, San
Francisco y Tamaquito, constituyendo el Departamento de la Guajira, el
espacio geográfico con la mayor población indígena de Colombia.
Según EL INFORME DE SOSTENIBILIDAD DEL
CERREJON (2018) los pueblos o etnias presentes son diversos, tales
como Wayú, Arhuaco, Arzario y Kogui, asentados en más de 25 resguardos
en 11 municipios. La etnia predominante es la Wayú, una comunidad
seminómada que aún conserva sus tradiciones ancestrales.
Es importante observar que los guajiros conforman un pueblo
ancestral, anclado en la Guajira, la cual se encuentra conformada por una
sociedad caracterizada por su diversidad étnica y cultural: indígenas,
criollos, blancos y afrodescendientes que conviven en este articular rincón
del Caribe. El pueblo Wayú es el grupo étnico mayoritario, con cerca del
45% de los pobladores a nivel nacional. Por otro lado, la población
conjunta de criollos y blancos alcanza cerca de un 40%, en tanto que los
afrodescendientes constituyen un 15% (DANE, 2017). Tradicionalmente,
la Guajira evoca distintas simbologías representadas en su propio pueblo
wayúus, en el desierto, cardonales, sal, artesanías y vallenato.
De igual importancia se observa que, a partir de una Ordenanza
Departamental su lengua, el Wayuunaiki, declarada en 1992 idioma
cooficial de La Guajira y Uribia, donde La Guajira se constituye en el
Departamento donde se concentra el mayor número de Wayú, por lo que
se considera la capital indígena de Colombia.
Alarcón (2018) señala la antropología del pueblo Wayú, al indicar
que posee gran vitalidad cultural y movilidad, ocupándose de variadas
actividades sociales y productivas tales como el pastoreo de los rebaños,
de la administración de las propiedades, la búsqueda de empleo en las
zonas urbanas, el abastecimiento en los mercados, el contacto familiar y la
celebración de ritos de interacción social.
Dentro de su estructura socio-organizativa, refiere también
ALARCON (2018) que el pueblo Wayú conforma grupos de
descendencia matrilineal, asociados en clanes (E’irükuu) y linajes (Apüshi).
Esta forma de organización, caracterizada por subdividirse en clanes
matrilineales dispersos, unidos por un vínculo ancestral, con una
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descendencia genética común a partir de antepasados remotos y, además,
identificado por un epónimo generalmente representado por un animal.
POLO (2018) refiere, que el sistema normativo wayúu es el
conjunto de principios, normas, procedimientos y ritos que regulan, guían
y direccionan la conducta espiritual y social del pueblo wayúu, el cual se
constituye como un sistema o cosmovisión aplicado por el tchipü’üi o
palabrero en consonancia con su cosmogonía que considera que Juyá (la
lluvia en unión con mama -- la tierra-- crean el universo) fue el primer
palabrero. Asimismo, POLO (2018) expresa que los principios que
sustentan el derecho consuetudinario indígena se encuentran referidos a
la sacralidad de la vida, al bienestar espiritual y físico como fin supremo
de la etnia, el valor de la palabra, la mujer como principio de vida del clan,
la no culpa sino daños y perjuicios, el diálogo como fundamento de la
solución de conflictos y el principio como fuente y origen de los clanes.
Al realizar un análisis del principio de la sacralidad de la vida, la
cultura wayúu según POLO (2018) expresa que todos los seres de la
naturaleza son seres vivos bajo formas diversas: la humana /wayúu/, la
animal /mürülü/, la de las plantas /wunuu/ y las formas de los elementos
que la ciencia occidental considera inanimados como los ríos, arroyos,
ojos de agua, montes, serranías, caminos y piedras. De acuerdo con este
principio, los seres humanos están estrechamente relacionados con todos
los otros seres del universo; por eso, se deben respetar y evitar usarlos, ya
que en la cultura wayú las cosas u objetos del mundo no se usan; se les
pide que colaboren con el hombre en la consecución de ciertos fines. Así
en la cultura wayúu, los indígenas que cortan los árboles para producir
carbón vegetal son considerados, en la escala social, como personas de
nivel más bajo.
Es claro resumir entonces que dentro de la cosmovisión wayúu
alterar el hábitat y espacio donde se desarrollan sus actividades diarias y
su entorno familiar, se interpreta como la violación de sus normas y de
sus sistemas de vida, es decir, violación a sus derechos humanos.
1.2. COMUNIDAD INDÍGENA Y EXPLOTACIÓN
CARBONÍFERA. ASPECTOS RESALTANTES
El líder Wayù Javier Rojas señaló: “el problema de la Guajira
empieza desde que llegó Cerrejón, empezó a explotar, empezó a
contaminar el territorio, aparte de eso empezó a acaparar toda el agua que
había represado el río Ranchería, utilizando también las corrientes
subterráneas” (CACERES et al., 2018). Además, afirmó: “si no se
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promueve la economía tradicional Wayúu, y se sigue fomentando el
asistencialismo, vamos a desaparecer” (CACERES et al., 2018). La falta
de lluvia es debido a la explotación de minerales: “los abuelos hablan…
dicen que por eso es por lo que la lluvia se va, porque se llevaron el
espíritu de ella”.
Todo esto ha reducido la soberanía alimentaria, ligado al
asistencialismo estatal, el cual es el causante de la perdida de prácticas
ancestrales: “se sembró una mentalidad de mendigo
desafortunadamente por el sistema politiquero”. (ROJAS, 2017). En
el párrafo anterior se plasma el discurso del pueblo Wayù al verse
invadido y afectado, por el “progreso y desarrollo” según la mirada de
“otros”, estos “otros” quedan representados por todo aquel que no
reconozca los usos y costumbres indígenas, articulados a su
cosmovisión.
En función del mal llamado “progreso” y sus acciones,
GUALDRON (2010) expresa que en las comunidades donde se
efectuaron las rutas para la explotación del carbón fueron
comunidades donde se generó movilidad a partir de los
desplazamientos de antiguos poblados como el Manantial, Oreganal,
Sarahita y Tabaco, allí se aplicaron programas de reubicación y
reasentamiento para dar paso a las actividades mineras.
Existe también otros grupos humanos en el Cerrejón que se
han formado en torno al accionar de la explotación del carbón,
básicamente conformado por sus empleados y contratistas y
constituyen una población de más de 10.000 personas, cuya
composición es producto de la pluricultura guajira y de la región
Caribe; y en menor escala de personas procedentes de otras regiones
del país. Este nuevo grupo humano se formó a mediados de 1980 y se
le asignó el nombre de Unidad Residencial Mushaisa (Palabra en
wayunaiki que significa “Tierra del carbón”), la cual hace parte del área
urbana del Municipio de Albania y cuenta con las facilidades de
vivienda, infraestructura vial, salud, educación, servicios religiosos y
comercio minorista.
Es claro entonces que, desde la llegada de la explotación del
carbón del Cerrejón en la Guajira, aproximadamente hace 25 años,
según MOLANO (2012) se han suscitado situaciones adversas para
esta población, en especial, a los indígenas quienes se constituyen
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como el grupo más afectado, originando el desplazamiento forzado de
éstos y el abandono de sus tierras ancestrales, hecho que ha generado
inconformidad por parte de los mismos, quienes a partir de una cultura
autóctona que los caracteriza, han luchado incansablemente por sus
tierras.
Por tanto, los pueblos indígenas han sido víctimas desde los años
70’ de sistemáticos atropellos a sus derechos humanos y colectivos como
pueblos ancentrales, a partir de la explotación a cielo abierto del carbón
en el Cerrejón. Estos abusos se caracterizan según Molano (2010), por
actuaciones violentas como desplazamientos forzosos, la escisión del
territorio ancestral y el despoblamiento de las zonas de interés minero.
Toda esta situación de movilidad y desplazamiento forzoso del
pueblo wayùu, por intereses de explotación y lucro de las compañías
mineras, señala GUALDRON (2010) ha producido situaciones de
reclamaciones judiciales, ya que los pueblos indígenas demandan que esta
explotación les ha generado severos problemas de salud, privación y
afectación de sus formas de producción y sustento de vida, como la cría
de animales y la pesca, limitando el desenvolvimiento natural de los
pobladores de la zona y su alteración al proyecto de vida de estos
pueblos.
Como ejemplo de otros elementos adversos, según MOLANO
(2010) por la explotación carbonífera del Cerrejón, ha sido la
afectación económica y cultural con el atropellamiento de animales a
causa del paso del tren. Este elemento no sólo afecta su cría de
animales como medio de subsistencia, ligado a su esencia cultural, sino
que además los chivos y demás animales, significan poder y prestigio
social, y la pérdida de éstos afecta directamente sus posiciones de
autoridad y jerarquía social dentro de su comunidad.
MOLANO (2010) a su vez refiere la simulación del imaginario
de las empresas carboníferas, contrario a la realidad fáctica, al sostener
que han favorecido a la población indígena, mientras que, desde la
mirada indígena, los propios usos y costumbres ascentrales han sido
violentados ya que las compañías explotadoras del carbón han creado
unilateralmente programas de asentamientos para los desplazados, sin
respetar la idiosincrasia indígena Wayú. Ciertamente han reubicado
viviendas, pero en forma autónoma, sin consultar la opinión y
participación de los afectados.
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2. AFECTACIÓN, DAÑO CLIMÁTICO Y
CARACTERIZACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL A CAUSA
DE LA EXPLOTACIÓN MINERA DE EL CERREJÓN
Los efectos del impacto ambiental los puede ocasionar la
naturaleza, en fenómenos fácticos de su propio equilibrio y la
intervención humana. Cobran importancia estos eventos catastróficos,
porque van a impactar de forma irreversible, transitoria o irrecuperable el
deterioro del entorno ambiental de un área natural específica. Por lo
tanto, el hábitat, incluyendo a todos los seres vivos, va a sufrir la
hecatombe de este comportamiento natural o inducido. La intervención
industrial extractivista, en regiones habitadas por culturas ancestrales,
causa efectos secundarios con un trasfondo ecológico que perjudica el
diario vivir de los grupos poblacionales, expuestos a la variada reacción de
las condiciones adversas, como resultado del cambio climático.
El impacto ambiental es un concepto clave en la ecología,
rama de la ciencia interesada en la comprensión y
preservación del medio ambiente natural. A través de la
Evaluación del Impacto Ambiental (EIA) de un proyecto
humano determinado, los ecólogos pueden advertir
respecto a su peligrosidad y conveniencia en términos
medioambientales. URIARTE (2000,p.1)
Por consiguiente, los balances entre las actividades humanas e
industriales ocasionan diversos e irreversibles resultados, siguiendo a
URIARTE (2020, p. 1)
Se sabe que numerosas actividades humanas, sobre todo las
industriales, tienen un elevado nivel de costo ecológico,
ocasionando alteraciones significativas en el balance de los
ecosistemas que a menudo conducen a extinciones,
sobrepoblaciones, pestes o erosiones, todo lo cual va en
detrimento de la salud de nuestro planeta.
Por ende, los embates del cambio climático, de un entorno
geomorfológico explotado por el hombre, rompe con la estabilidad
natural y se hace necesario un nuevo paradigma de adaptabilidad y
resiliencia ante los riesgos. La intervención de maquinaria, insumos
químicos y métodos de extracción, tan perjudiciales y catastróficos como
los explosivos, utilizados para la ruptura de la capa vegetal y las rocas
provocan daños irreversibles; a mismo, el desvío, secado y relleno de
fuentes hídricas (arroyos, humedales, lagunas, pantanos, etc.) y otros,
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repercuten considerablemente en el deterioro del medio ambiente.
Igualmente, la contaminación exponencial por residuos se traslada del
suelo al aire, las aguas, que son agentes indispensables para la
supervivencia de los seres vivos como factor decisivo e importante en la
convivencia pacífica, entre el hábitat conformada por la fauna, flora y los
demás entornos del planeta.
DE LOS SANTOS et al. (2020) refieren la necesidad de un medio
ambiente sano y duradero, en beneficio de los seres vivos y en la
generación del equilibrio y desarrollo sostenible, entre naturaleza, hombre
y crecimiento económico. Los derechos ónticos del hombre deben estar
garantizados a partir de unos mínimos vitales, mediante el equilibrio de
políticas del Estado, en pro de la justicia ecológica.
Vale resaltar en DE LOS SANTOS et al. (2020, p. 105):
Los derechos humanos a la vida, a la salud, al mínimo vital,
a la libertad y a la dignidad humana están ligados y
determinados por el entorno y el ecosistema. Sin medio
ambiente sano y ecológicamente equilibrado, no podremos
sobrevivir ni resguardar esos derechos para las generaciones
venideras.
La tierra y sus entrañas ofrecen valiosos recursos materiales, no
obstante, éstos no se direccionan efectivamente a la generación de justicia
y equidad social a la comunidad afectada. El impacto de la
contaminación de su entorno, en este caso del pueblo Wayù por la
explotación del Cerrejón, ocasiona desplazamiento forzado en las zonas
explotadas, beneficiando a pocos y victimizando a la gran mayoría. Cabe
entonces la imperiosa necesidad de implementar buenas prácticas
ambientales, cumpliendo el desarrollo sostenible, acorde con los tratados
internacionales y el ordenamiento constitucional colombiano (1991)
2
,
redireccionando la educación ambiental y protegiendo el derecho
colectivo a gozar de un ambiente sano
3
.
A continuación, cabe destacar las exigencias de la calidad de vida
que genera el cuidado y preservación del medio ambiente, desde la visión
2
Constitución de 1991 artículo 67, La educación formará al colombiano en el respeto a los
derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el
mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.
3
La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la
democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico,
tecnológico y para la protección del ambiente.
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ecologista y proteccionista de la Corte Constitucional de Colombia, que
enfáticamente ha resaltado el imperativo de la preservación
medioambiental, como condición para la vida digna:
La Corte consideró que la defensa del medio ambiente no
sólo constituye un objetivo primordial dentro de la
estructura de nuestro Estado social de derecho, sino que
integra, de forma esencial, el espíritu que informa a toda
la Constitución Política. La disposición y explotación de
los recursos naturales no puede traducirse en perjuicio
del bienestar individual o colectivo, ni tampoco puede
conducir a un daño que atente contra la biodiversidad y
la integridad del medio ambiente, entendido como un
todo armónico. (DE LOS SANTOS et al., 2020, p. 106)
Se puede precisar una mirada ecologista del desarrollo
sostenible desde la Constitución verde de 1991, en aras de una
sociedad equitativa e igualitaria:
La Carta Política de 1991, ha reconocido que el derecho
fundamental al medio ambiente sano tiene el carácter de
interés superior, y lo ha desarrollado a través de un
catálogo de disposiciones que consagran una serie de
principios, mandatos y obligaciones enfocados proteger
de forma integral el medio ambiente y garantizar un
modelo de desarrollo sostenible, sobre los que se ha
edificado el concepto de “Constitución Ecológica”. (DE
LOS SANTOS et al., 2020, p. 106)
Los principios consagrados en la Constitución Política
encarnan la dignidad del ser humano y de su entorno, como cimiento
del orden político y jurídico. La Constitución política colombiana está
enmarcada en los grandes ideales de la libertad, la fraternidad y la
igualdad política:
los Estados contemporáneos, como se observa en la
Constitución Política de la República de Colombia
(1991), donde se define como un Estado social de
derecho, descentralizado, democrático, participativo y
pluralista, fundado en el respeto de la dignidad humana,
en el trabajo y la solidaridad de las personas que lo
integran, así como en la prevalencia del interés general,
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donde la soberanía reside en el pueblo del cual emana el
poder público…. La constitución política colombiana
está inspirada en los más grandes ideales de la
Ilustración, cuyas prácticas van orientadas a la
preservación de la vida humana y desde luego regular la
conducta del hombre en la sociedad. (AVILA et al, 2019,
p.1)
2.1. EL INFORME VATTENFALL DE 2017 Y LOS
RIESGOS RELACIONADOS CON LOS DERECHOS
HUMANOS EN COLOMBIA, SOPORTADO EN 4 ÁREAS
IMPORTANTES DEL DESARROLLO HUMANO
Con respecto a la vigencia de los derechos humanos en la zona del
Departamento de la Guajira, en el Informe Vattenfall
4
se centra en
“cuatro áreas de riesgos relacionados con los derechos humanos en los
Departamentos del César, La Guajira, y Magdalena en Colombia a saber:
1) derechos de los trabajadores (salud y seguridad laboral, y libertad de
asociación) 2) el desplazamiento y la restitución de tierras en el conflicto
armado interno, 3) los reasentamientos forzosos, 4) el medio ambiente y
las comunidades”. La empresa Vattenfall
5
basa su informe en diez
principios del “Pacto Global de las Naciones Unidas”, las directrices para
empresas multinacionales de la OCDE y los “Principios Rectores de las
Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos”.
En la práctica y a pesar de los informes presentados por los grupos
económicos en el Departamento de la Guajira, la vigencia de los derechos
4
Vattenfall es un productor europeo de electricidad y calor, con operaciones de ventas en ambos
segmentos. Nuestros mercados principales son Dinamarca, Finlandia, Países Bajos, Alemania, el
Reino Unido y Suecia. El Grupo cuenta con, aproximadamente, 20. 000 empleados. Nuestra
empresa matriz, Vattenfall AB, es propiedad al 100 % del Estado sueco, y su sede principal se
encuentra en Solna (Suecia). Ver Informe Vattenfall, 2017.
5
Vattenfall es una productora de energía sueca, fundada en 1909, adquirente y asiduo
comprador de carbón al “Cerrejón” de la Guajira Colombia, desde hace 20 años, asimismo ésta
propende porque, sus proveedores se hagan responsables del daño ambiental y del respeto a los
derechos humanos de la comunidad afectada; a su vez la empresa Cerrejón resalta en su
declaración a través de misiva de mayo 31 de 2018, con referencia al compromiso del sector
productor y proveedor, responsable de la explotación de carbón; la empresa Cerrejón realiza
esfuerzos permanentes para el mejoramiento del desempeño social y medio ambiental de todo el
personal que labora en el yacimiento y por ende en beneficiar a todos las comunidades del
Departamento de la Guajira (http://www.vattenfall.com/en/file/2005-
LifeCycleAssessment_8459810.pdf).
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humanos y el goce de un ambiente sano, se esfuman por la afectación de
las empresas mineras en el Cerrejón, con la paupérrima vida de las
poblaciones afectadas de forma continua y sistemática.
Al mismo tiempo y en virtud de las exigencias en Colombia del
Plan de Desarrollo y del Gobierno Abierto en Colombia, hay una
exigencia en las industrias extractivas de informar sobre la evaluación de
riesgos a los derechos humanos por las explotaciones mineras.
Declaración de Cerrejón sobre la evaluación de riesgos de
derechos humanos de vattenfall, sobre su cadena de
suministros de carbón en Colombia. La Iniciativa de
Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI) es un
ESTÁNDAR mundial que promueve la gestión abierta y
responsable de los recursos del petróleo, gas y minerales.
Que se refleja en el fortalecimiento de la gobernanza del
sector extractivo colombiano. El Estándar es una
herramienta para que los países mejoren la gestión de los
recursos, rentas y beneficios provenientes de la industria
extractiva. (CERREJON MINERIA RESPONSABLE,
2018)
A propósito del “Informe Vattenfall”, la Empresa de El Cerrejón
ha pretendido salvaguardar su reputación, aludiendo buenas prácticas
mineras y aplicando la normativa a partir de una política de gobernanza,
mitigando el impacto. El Cerrejón es la mina a cielo abierto s grande
de Colombia y la segunda en el mundo, a su vez, justifica la explotación
bajo estándares internacionales y el mejoramiento de la gobernanza del
sector minero en la Guajira Colombia.
Las contradicciones de lo sustentado por Cerrejón, con relación a
la protección de los recursos naturales, aire, agua, flora, fauna,
rehabilitación de tierras y desechos sólidos al igual que los
reasentamientos de comunidades indígenas de la Guajira, frente a la
realidad del contexto actual de las comunidades.
Al respecto, el Cerrejón es el yacimiento o mina de carbón
explotado por tres grandes compañías multinacionales, organizadas en
porcentajes de participación a saber: BHP Billiton (33.3 %), Glencore
(33.3 %) y Anglo American (33.3 %). Al hacer una breve historia acerca
del Cerrejón éste es yacimiento ubicado en el Departamento de la
Guajira, en la cuenca del río Ranchería al sureste de la Sierra Nevada de
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Santa Marta y al oeste de la Serranía del Perijá línea de la frontera con
Venezuela, abarcando los Municipios Albania, Barrancas y Hatonuevo.
La extracción es a cielo abierto y de las más grandes del mundo,
dividido en tres zonas principales correspondientes: Cerrejón Zona norte,
Cerrejón Zona central, Cerrejón Zona sur; con una extensión de 69.000
hectáreas.
6
Desde 2009, hemos llevado a cabo procesos de
reasentamiento de manera participativa con cuatro
comunidades: Roche, Patilla, Chancleta y Las Casitas.
Adicionalmente, en 2006 iniciamos el reasentamiento de
Tamaquito II, comunidad indígena que solicitó de manera
voluntaria este proceso ante la Alcaldía de Barrancas,
argumentando su aislamiento por el traslado de otras
comunidades reasentadas. (CERREJON MINERIA
RESPONSABLE, 2018)
La “gestión integral del agua” en el Cerrejón tiene tres frentes de
acción organizados de la siguiente manera:
1. Uso eficiente del agua. 2. Enfoque de cuencas. 3. Participación
en soluciones sostenibles; basado en premisas de conservación y
recuperación con cuatro componentes principales “gobernanza del agua,
conectividad ecosistémica, manejo integrado del agua y sistemas
sostenibles de protección”. Asimismo, se encuentran arroyos
intervenidos, en Paladines, Majagüita, y San francisco en el sur de la
Guajira, con participación de la comunidad y además integrando a la
población indígena ubicados cerca de las cuencas de los arroyos Bruno
y Pupurema. La sostenibilidad ha beneficiado a 3.000 personas, 419
familias, 17 comunidades de Albania, Barrancas y Hatonuevo y el
desarrollo sostenible se ha hecho posible porque el programa utiliza el
90% del del agua de baja calidad que proviene de los mantos de
carbón y escorrentías y esta es la que se utiliza para mojar los senderos
de transporte para mitigar el levantamiento del polvillo al igual que
humedecer el material antes de ser transportado. (CERREJON
MINERIA RESPONSABLE, 2018).
6
El transporte se hace por medio férreo y embarque en la Guajira y produce 32 millones de
toneladas al año de carbón, con un ferrocarril de 150 km de largo, cuenta con 562 vagones cada
uno de 90 110 toneladas, que la comunica a un puerto marítimo de cargue directo con
capacidad para recibir buques de hasta 180.000 toneladas, entre otros.
271
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Opción, Año 38, Regular No.99 (2022): 258-289
Revista de Ciencias Humanas y Sociales. FEC-LUZ
Ante estos programas publicitados por Cerrejón y avalados por
el Estado colombiano, se observa que muchos de estos informes son
maquillados y que no responden a la realidad del peligro de la calidad
del aire y de la tranquilidad, para vivir en paz y armonía con la
naturaleza y los otros que habitan el desierto de la Guajira. En otras
palabras, la empresa dice amparar toda la zona, sin embargo, el
contraste es un panorama desértico y lleno de polvo cada vez más gris
y oscuro; esto es incierto y sin una solución aparente y a la vista, que
de la contestación a la problemática del desarraigo de las condiciones
de vida ancestral Wayù. Las ganancias se esfuman junto con las
compañías explotadoras, las regalías no se reparten a la comunidad
que debe recibirlas y así se ve trucados sus derechos aun medio
ambiente sano para la convivencia pacífica de los Wayù.
Las respuestas acomodadas del Cerrejón al Informe Vettenfall,
contrasta con la sequía de arroyos y ríos de la Guajira, y con la sequía
de fuentes hídricas, a causa de la práctica minera irresponsable del
Cerrejón. La participación en soluciones sostenibles se realiza con
base en concertación entre la comunidad indígena y el programa de la
fundación y se trata de pozos profundos con extracción por bombeo
solar; con resultados obtenidos de 27,2 millones de litros de agua
repartidos a las comunidades, por medio un vagón de cisterna
transportado por un tren minero y carrotanque allegados hasta la
comunidad de cadenachon, Wara Warao, Zona Verada Mowasirra,
Trupio, Gacho, y Campo Alegre.
7
Sin embargo, la comunidad wayú se ha quejado de la falta de
agua potable en su gran mayoría, puesto que las fuentes hídricas
propias para el consumo y la pesca ya no existen y la cacería en los
bosques naturales tampoco, así mismo se coarta el oficio ancestral del
pastoreo de cabras, debido a que el hábitat natural ha sido arrancado de
sus territorios y ha postrado a sufrimientos y embates aunado a la aridez
del suelo, con la consecuente problemática de estar constantemente
asediados por la nube negra de polvillo y lo más desolador, es la falta de
fuentes de trabajo y oportunidades, escuelas, hospitales y prevención en
salud entre otros.
7
Cerrejón Minería Responsable, 2018. https://www.cerrejon.com/.
Reflexiones sociojurídicas sobre migración forzada y cambio climático. Miradas
desde El Cerrejón-Colombia
272
Revista de Ciencias Humanas y Sociales. FEC-LUZ
2.2 CARACTERIZACIÓN DEL DAÑO AMBIENTAL Y
ECOLÓGICO DE LA COMUNIDAD INDÍGENA WAYÙ
DE LA GUAJIRA COLOMBIANA A PARTIR DE LA
EXPLOTACIÓN DEL CERREJÓN
El principio de soberanía del Estado es abordado por DE LOS
SANTOS et al. (2019) a partir de la Constitución Política, de la cual se
desglosa su máxima expresión de autonomía como atributo indeleble
de la autodeterminación de los pueblos:
De la soberanía política, desmedida y sin cortapisas, por
su propia naturaleza, el pueblo, en un acto soberano,
esto es, por su propia voluntad y libertad, decide
autorestringirse, para dar paso a una sociedad política
sujeta al orden, a límites, a fronteras establecidas en la
propia Constitución y el resto del ordenamiento jurídico.
Aquella, se convierte en la manifestación técnico-jurídica
de la soberanía. No puede entenderse un Estado
constitucional sin que exista sujeción de gobernantes y
gobernados al tejido normativo institucional… (DE LOS
SANTOS et al., 2019, p. 107)
La soberanía como máxima expresión de los pueblos en el
Estado contemporáneo debe ser competente en hacer respetar su
territorio y culturas, a fin de evitar abusos del poder de los
funcionarios públicos, así como también del afán de los particulares de
menospreciar las costumbres, la Constitución y las leyes, en ejercicio
del pueblo soberano del respeto por el ser humano y su entorno
ecológico.
2.3. DIFERENCIAS ENTRE “DAÑO AMBIENTAL Y
DAÑO ECOLÓGICO”, EN EL MISMO SENTIDO QUE
“CONTAMINACIÓN NO ES IGUAL A DAÑO”.
La Sección Tercera del Consejo de Estado
8
con ponencia del
Magistrado Jaime Alberto Santofimio, sentó precedente jurisprudencial al
8
La Sección Tercera del Consejo de Estado (Sentencia 19001233300020120052602-53000), del
22 de noviembre de 2017, ponente Jaime Orlando Santofimio) hace algún tiempo sentó las bases
de su actual posición mayoritaria sobre el régimen de responsabilidad por daños ambientales y
ecológicos cuando sean causados por el Estado o sus agentes…1. Hay diferencias entre daño
ambiental y daño ecológico: el primero son las alteraciones, efectos nocivos o molestias causadas
a los bienes materiales o de recursos, a la salud e integridad de las personas, así como a las
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Flor Ávila Hernández et al.
Opción, Año 38, Regular No.99 (2022): 258-289
Revista de Ciencias Humanas y Sociales. FEC-LUZ
hacer diferenciación, no obstante, sus semejanzas, entre los conceptos del
daño ambiental y del daño ecológico, existiendo diversas diferenciaciones,
aunque preservan un nexo causal:
…1. Hay diferencias entre daño ambiental y daño
ecológico: el primero son las alteraciones, efectos nocivos o
molestias causadas a los bienes materiales o de recursos, a la
salud e integridad de las personas, así como a las
condiciones mínimas para el desarrollo y calidad de vida
y que pueden limitar el ejercicio de determinados
derechos; por su parte el segundo es la degradación,
deterioro o modificación del medio natural causada
como consecuencia de cualquier tipo de actividad.
(CARDONA, 2019)
A pesar de ser Colombia un Estado social de derecho y poseer
una Constitución “verde” y haber ratificado convenios internacionales
sobre legislación medioambiental y ser parte de la Comunidad Andina
de Naciones, no obstante la normativa nacional vigente protectora y
que prevé elcuidado, protección y preservación del medio ambiente; a
contrario sensu en Colombia, se violan los principios medioambientales
como los principios de prevalencia de los derechos colectivos sobre
los individuales y el énfasis preventivo, al transgredir en sus territorios
con altos contaminantes, sin que haya una responsabilidad por parte
de los agentes competentes del Estado, en su función de control y
vigilancia, de manera análoga que los particulares, por omisión de la
vigilancia estatal, violan la normativa sobre desarrollo ambiental.
…2. Esta responsabilidad tiene fundamento desde el
artículo 16 de la Ley 23 de 1973, el Decreto Ley 2811 de
1974 y los artículos 8, 58, 79, 80, 81, 90 y 334 de la
Constitución Política. 3. También precisó que
contaminación y daño no son lo mismo. La contaminación
desencadena un daño ambiental sólo cuando produce un
deterioro, detrimento, afectación o aminoración en la esfera
personal o patrimonial de un sujeto o sujetos
condiciones mínimas para el desarrollo y calidad de vida y que pueden limitar el ejercicio de
determinados derechos; por su parte el segundo es la degradación, deterioro o modificación del
medio natural causada como consecuencia de cualquier tipo de actividad…. (Cardona, A., 2019,
31 de agosto)
Reflexiones sociojurídicas sobre migración forzada y cambio climático. Miradas
desde El Cerrejón-Colombia
274
Revista de Ciencias Humanas y Sociales. FEC-LUZ
determinables, eso causada, se reitera, por el Estado.
(CARDONA, 2019)
El caso del Departamento de la Guajira y consecuentemente su
comunidad Wayù, merece reflexiones en virtud del daño ambiental y
ecológico, a la luz del análisis conceptual de la jurisprudencia del
Consejo de Estado. Cabe destacar que el daño ambiental se hace a la
biósfera esencial para la cohabitación de las comunidades Wayù, en su
hábitat natural; tal es el caso del agua potable, del aire puro y de los
recursos de fauna y flora, en toda su extensión. El goce y disfrute de
los recursos naturales está abiertamente en oposición al daño
ecológico hecho a ríos, arroyos, bosques y demás entes vivos del
ecosistema.
2.4. CUATROCIENTOS AÑOS DE TRADICIÓN Y
ARRAIGO TERRITORIAL, DE LAS FAMILIAS
AFROCOLOMBIANAS E INDÍGENAS WAYÙ DE LA
GUAJIRA, EN PELIGRO INMINENTE A CAUSA DEL
POLVILLO NEGRO DEL CARBÓN
El trabajo periodístico del Diario El Espectador de Bogotá, a
cargo de NOGUERA, (2016), hace un recorrido por la zona de
afectación adyacente a la explotación de Carbón Cerrejón, en la cual
se muestra la crudeza con que estas familias ancestrales
afrocolombianas y Wayù, con más de 400 años de pertenecer a estos
mismos territorios, son desplazados e impactados en su desarraigo
tradicional de creencias y costumbres sociales y ambientales ubicadas
en Roche, Chancleta y Patilla en la Guajira y los resguardos Wayù de
Provincial y La Horqueta.
Las tumbas del ancestral cementerio de la comunidad
9
afro
de Roche, cerca del Municipio de Barrancas, en el sur de La
Guajira, están cubiertas de excremento de vaca. El
camposanto se usó como corral para el ganado de la
población cuando sus habitantes fueron desalojados del
territorio por la empresa Carbones del Cerrejón. Los
9
Esa fue la escena que encontró el líder comunitario Tomás Arregocés cuando volvió al sector
unos días después de que el grupo antidisturbios de la Policía los expulsara a él, su esposa, sus
nueve hijos y diez sobrinos de las tierras que por 400 años pertenecieron a su familia. El proceso
fue autorizado por un juez del municipio de Barrancas porque, en el papel, los lotes son
propiedad del Cerrejón. Ver Noguera, S. (2016).
275
Flor Ávila Hernández et al.
Opción, Año 38, Regular No.99 (2022): 258-289
Revista de Ciencias Humanas y Sociales. FEC-LUZ
sepulcros más afectados son los que están bajo los pocos y
resecos árboles que hay en el lugar, porque fue la única
sombra que los animales encontraron para protegerse del
despiadado sol guajiro. (LA LIGA CONTRA EL
SILENCIO, 2019)
La población étnica indígena Wayù, los raizales negros y los
mestizos de la Guajira, sufren un constate acoso por la política pública del
Estado (acción y omisión) en deterioro constante de su modus vivendi; a
causa de las empresas nacionales y multinacionales que extraen el recurso
catalizador de energía del carbón. Partículas en forma de “nubes de
polvo”, enrarecen el aire que se torna irrespirable, y lo que es peor, tiene
un radio de acción a 45 km a la redonda; a causa del viento que las
transporta; causando diversas enfermedades respiratorias y problemas de
la piel, además del entorno gris del habita de la región. La explotación de
la mina del Cerrejón ha traído pobreza en lugar de riqueza a la gran
mayoría, sintetizado en escasez, y de manera análoga la falta de tierra y
oportunidades a las familias que propenden por vivir en dignidad. El
abandono del Estado a las comunidades torna un hábitat ancestral,
carentes de los derechos ónticos del ser de ahí que vivienda, vestido,
alimentación, salud, educación, trabajo y libertad, se tornan ajenos a sus
derechos y experiencias de vida
10
.
“LA LIGA CONTRA EL SILENCIO (2019)
11
” dio a conocer un
informe sobre la fuerte contaminación y deterioro del aire, por efecto de
la explotación minera Cerrejón en la Guajira, de éste se puede colegir el
grave peligro a que está expuesta toda la población que habita alrededor
de la mina; en cuanto a la ventisca de polvillo de carbón que de manera
10
El volumen de la operación minera en La Guajira trae como consecuencia el aumento de los
niveles de contaminación y deterioro de la calidad del aire. A eso se suma que la mina está en una
zona de clima desértico y con condiciones meteorológicas propicias para las altas
concentraciones de polvo atmosférico. La concentración y el tamaño de las partículas emanadas
determina cuán peligrosas pueden ser para la salud humana. Se considera que las partículas
menores a 10 micrómetros de diámetro, conocidas como PM10, pueden ser inhaladas y afectar a
la salud; aquellas con un diámetro menor, como las de 2,5 micrómetros, son todavía más
peligrosas. El tamaño determina en qué lugar del sistema respiratorio quedarán retenidas y su
nivel de peligrosidad. Las partículas suspendidas son una mezcla de materiales sólidos y líquidos
que se quedan en el aire y pueden ser potencialmente dañinas. Por esto la Organización Mundial
de Salud ha establecido parámetros de medición y riesgo. (La Liga contra el silencio, 2019).
11
La alianza de medios y periodistas que se dedica a la producción y difusión del periodismo de
investigación “la liga contra el silencio”, no es un medio de comunicación ni tampoco es una
ONG; sin embargo, lucha y trabaja por romper silencios y la censura en Colombia.
Reflexiones sociojurídicas sobre migración forzada y cambio climático. Miradas
desde El Cerrejón-Colombia
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Revista de Ciencias Humanas y Sociales. FEC-LUZ
constante azota las vidas de los Wayú; al estar expuestos todo el tiempo a
un limbo ecológico e histórico a gran escala.
3. MOVILIDAD HUMANA, UN DESPLAZAMIENTO
ORIGINADO POR LA EXPLOTACIÓN DEL CARBÓN
MINERO EN EL CERREJÓN DEL DEPARTAMENTO DE LA
GUAJIRA.
En la actualidad el desplazamiento forzado de personas es un
fenómeno muy notorio, en lugares y contextos geográficos del planeta.
Esto debido a múltiples circunstancias que conllevan a la migración
forzada de personas y de familias a lugares inciertos, originando con ello
la división y separación de seres queridos, de su núcleo familiar, en una
búsqueda no sólo de la calidad de vida sino de la preservación de la vida
misma.
PEÑA et al. (2015, p. 1) señalan “La movilidad humana podemos
entenderla como una posibilidad o como una efectividad. Movilidad en el
primer sentido es la posibilidad de moverse, de realizar un
desplazamiento ubicativo. En el segundo sentido es el hecho de efectuar
tal desplazamiento.”
Del mismo modo, manifiestan los anteriores autores que El ser
humano forma una especie biológica dotada de una serie de rasgos
naturales, los cuales es su aptitud al desplazamiento, que realiza gracias a
que la madre naturaleza que lo ha dotado de dos instrumentos: sus pies y
su inteligencia” (2015, p.1)
La movilidad humana se hace presente en la comunidad ancestral
Wayú, como consecuencia de la actividad extractiva de carbón en la
Guajira, desde hace más de 25 años y hasta la presente fecha, con la
llegada de compañías Internacionales a Colombia.
El Proyecto del Cerrejón abarca terrenos de los municipios
de Barrancas, Hato Nuevo y Albania. La línea férrea que
transporta el carbón entre la mina de El Cerrejón y el
Puerto pasa por los municipios de Albania, Maicao,
Manaure y Uribia. Es decir, el proyecto involucra
directamente seis municipios de la Media y Alta Guajira.
(FUNDACION PAZ Y RECONCILIACION PARES,
2014, p. 4). (Citado por VILLALBA, 2015, p. 6).
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Revista de Ciencias Humanas y Sociales. FEC-LUZ
En Colombia, en el Departamento de la Guajira, existe un
desplazamiento forzado en la comunidad wayúu, con la llegada de la
industria minería y su ampliación actual del Cerrejón, con la extracción de
carbón, a objeto de ser importada por compañías internacionales a
diferentes lugares del mundo.
En el año 1981, como consecuencia de la ampliación del
Cerrejón, parte del territorio de la comunidad Wayúu de
Media Luna fue utilizado para construir el Puerto de
Embarque de Carbón. La empresa y la comunidad se
enfrentaron en una negociación por una indemnización
para la reubicación de la comunidad, sin que ésta última
lograra sus expectativas. Posteriormente otras comunidades
también fueron desplazadas de sus territorios, entre ellas
Manantial, en 1986; Roche, Chancleta, Tamaquitos,
Palmarito, El Descanso, Zarahita o Patilla: “La
multinacional [El Cerrejón] dice en los documentos de
reubicación que las comunidades Wayúu no tienen
tradición territorial y mucho menos referentes simbólicos,
míticos y culturales que los aten a esta tierra” (EL
ESPECTADOR, 23 de septiembre de 2012) Citado por
VILLALBA (2015, p. 12).
Todo esto parece confirmar, que los habitantes de la comunidad
wayúu se ven obligados a realizar desplazamientos forzados internos
dentro del mismo territorio, a dejar sus tierras, casas, animales, cultivo y
familias con la única esperanza de subsistir y de hallar una mejor calidad
de vida que les permita el inicio de una nueva existencia, alejados de
actividades mineras, a los fines de que no sea afectado su sostenimiento,
pero perdiendo su hábitat natural y ancestral.
El desplazamiento de las personas wayúu en La Guajira
colombiana se ha producido de manera fraccionada y se le
ha dado un bajo perfil, sin analizar el fenómeno en
contexto, sino como casos aislados y por la necesidad de
evitar males mayores como la mencionada contaminación.
“De acuerdo con estadísticas de Acción Social, entre 2002 y
2010, 62.194 personas fueron desplazadas forzosamente en
el departamento de La Guajira siendo 2002, 2005 y 2007 los
años más críticos para la población. (FIP, 2011, p. 31)
Adicionalmente a estos desplazamientos inducidos, están
los desplazamientos forzados producto de la acción de
Reflexiones sociojurídicas sobre migración forzada y cambio climático. Miradas
desde El Cerrejón-Colombia
278
Revista de Ciencias Humanas y Sociales. FEC-LUZ
grupos armados ilegales: “Muchos de estos desplazamientos
no han sido catalogados como forzados, al ser confundidos
con su estilo de vida polirresidencial o seminómada, además
de su organización social en grupos familiares autónomos,
descentralizados y dispersos (OBSERVATORIO
PROGRAMA PRESIDENCIAL DE DERECHOS
HUMANOS, 2010. p.16). Citado por VILLALBA (2015, p.
13).
Hay que mencionar, además, que la forma de existencia de la
comunidad wayú basa su sostenimiento en la pesca artesanal, el pastoreo,
la cría de ganado vacuno, caprino a pequeña escala y la siembra de maíz,
fríjol, yuca, auyama, melones y patilla”, según VILLALBA (2015, p.13).
Todo lo anterior, se ha visto afectado severamente por los
cambios climáticos originados por la actividad humana como
consecuencia de la extracción de carbón, por cuanto estos minerales
presentan propiedades nocivas para la salud, afectando el equilibrio
ecológico y la biodiversidad de la zona. La situación de enfrentar la
explotación natural sin afectar el equilibrio ecológico ha llevado a la
aparición del desarrollo sostenible, el cual implica la sustitución del
modelo de desarrollo presente hasta ahora, extractivista e irracional, por
un modelo alternativo caracterizado por su sostenibilidad en el tiempo,
sin causar daños irreversibles al planeta.
Para ello, señalamos: “El nuevo modelo de desarrollo sostenible
no busca únicamente salvar al planeta de los efectos nocivos de la
actividad humana, sino crear un sistema que aumente la calidad de vida”.
(DE LOS SANTOS et al., 2020, p. 1).
Un país como Colombia, que tiene poco control sobre las causas
del fenómeno suscitado por la actividad de la extracción de carbón, debe
dedicarle gran esfuerzo a prepararse para sus impactos climáticos que
afectan la especie humana, la biodiversidad animal y la flora, a favor de
los derechos colectivos y ambientales de los grupos ancestrales en
Colombia y del equilibrio ecológico de la Pachamama.
Refiere DE LOS SANTOS et al. (2020, p. 16)
Durante los últimos años, la Corte Constitucional y la Corte
Suprema de Justicia de Colombia han emitido sentencias
que han representado un giro copernicano en cuanto a la
protección de los seres vivos y de la Naturaleza como
sujeto de derechos, abandonando posturas doctrinales
279
Flor Ávila Hernández et al.
Opción, Año 38, Regular No.99 (2022): 258-289
Revista de Ciencias Humanas y Sociales. FEC-LUZ
conservadoras e innovando en líneas jurisprudenciales, en
materia de derechos ecológicos”.
Por otro lado, se encuentra que la contaminación no sólo es
ambiental sino también auditiva, originado por las explosiones de
carbón, en su alto impacto sonoro que afecta a los habitantes y zonas
vecinas de las minas; éstas también tienen efectos perversos sobre las
viviendas locales y en especial la de los indígenas pues sus casas, por su
material de construcción terminan agrietándose con el tiempo y no sólo
este tipo de afectaciones a las “viviendas sino también a los ríos, pozos
subterráneos, jagüeyes (pequeñas lagunas) que son aguas almacenadas
durante el tiempo de invierno”. (RODRIGUEZ, 2015, p. 15)
4. DESPLAZAMIENTO FORZADO DE LA POBLACIÓN
WAYÚ, POR EL CAMBIO CLIMÁTICO.
Desde un enfoque de Derechos Humanos, se hace de vital
importancia considerar el aseguramiento social a la población, mientras
que el Estado colombiano ha establecido una política pública para el
restablecimiento de los derechos de víctimas del desplazamiento forzado;
de esta forma, en el desarrollo de la Ley 387 de 1997, “por la cual se
adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la
atención, protección, consolidación y estabilización socioeconómica de
los desplazados internos por la violencia en la República de Colombia”,
ha catalogado como víctimas toda acción derivada o que atente contra:
La integridad física, su seguridad o libertad personales [o
que] han sido vulneradas o se encuentran directamente
amenazadas, con ocasión de cualquiera de las siguientes
situaciones: Conflicto armado interno, disturbios y
tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones
masivas de los Derechos Humanos, infracciones al
Derecho Internacional Humanitario u otras circunstancias
emanadas de las situaciones anteriores. (CONGRESO DE
LA REPUBLICA, Ley 387 de 1997, Art. 1)
Sin embargo, no se ha considerado de forma taxativa las víctimas
por el cambio climático, como una condición suficiente para ser causa del
desplazamiento de personas e incluso comunidades de forma directa, sino
que puede llegar entenderse dentro de la “violaciones masivas de los
derechos humanos y situaciones de tensión interior”; en este orden de
ideas, el desconocimiento de la relación dialéctica entre comunidades
ancestrales con la apropiación del territorio ha derivado en un conflicto
Reflexiones sociojurídicas sobre migración forzada y cambio climático. Miradas
desde El Cerrejón-Colombia
280
Revista de Ciencias Humanas y Sociales. FEC-LUZ
socio-ecológico y cultural alrededor de los matices del desplazamiento,
como consecuencia del cambio climático y que incide directamente en
desarrollo, cosmovisión y apropiación segura del territorio.
Desde un enfoque de derechos humanos, las consecuencias
jurídicas derivadas del desplazamiento de la comunidad Wayúu por el
cambio climático, sumado a “la presión por el control del territorio, la
alta vulnerabilidad de los ecosistemas y las luchas de poder por los
recursos naturales, [que] están produciendo desplazamientos humanos
ambientalmente inducidos…teniendo como principales impactos la
desterritorialización local” (ALTAMIRANO, 2012, 26) como lo
ocurrido con la explotación minera en el cerrejón; deriva en que desde
una revisión del derecho internacional de los derechos humanos, se
entiende que el territorio, se asume desde una visión que va más allá
de una exclusiva ontología, pues incorpora elementos de orden
construccionista frente a su realidad (GARCIA, 2014, p. 2).
El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (2001),
por su parte, en el desarrollo del concepto de “vivienda adecuada” ha
significado que en este concepto influyen factores sociales, económicos,
culturales, climatológicos, o ecológicos, de modo que, en la experiencia de
la comunidad Wayú, a propósito de la explotación minera de carbón en el
Cerrejón se desprenden, una serie de elementos ecológico-ambientales
importantes, donde es necesario que en el universo jurídico del
desplazamiento forzado en Colombia se incluya como categoría el cambio
climático, entendido como un factor de relación indisoluble, máxime si se
analiza que en el art. 14 de la Ley 387 de 1997, el gobierno nacional
deberá “Promover actos ciudadanos y comunitarios de generación de la
convivencia pacífica y la acción de la fuerza pública contra los factores de
perturbación”, perturbación que entre otras cosas, es fuente de
condiciones tales como el cambio climático en el país de tipo inducido.
En esta dirección es importante mencionar que “en 2007, la
Asamblea General de la ONU aprobó una resolución que reforzaba esa
estrategia al admitir que los desplazados por desastres naturales son
desplazados internos con necesidades de protección y de derechos
humanos” (COHEN, 2009, p. 58). A partir de ello, considerar como la
“Comisión Interamericana ha abordado en sus pronunciamientos la
necesidad de asegurar una protección especial a la niñez, a la unidad
familiar, a las mujeres y a los pueblos indígenas y tribales, dadas las
situaciones de particular vulnerabilidad” (CONVENCION
AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, 2017, p. 13)
281
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Opción, Año 38, Regular No.99 (2022): 258-289
Revista de Ciencias Humanas y Sociales. FEC-LUZ
La reflexión normativa del desplazamiento forzado con ocasión
del cambio climático, privilegia un estudio de tipo que se describe como
…causal-naturalista que se ocupa sobre los efectos físicos
sobre el territorio como los procesos de desertización,
deforestación, sequías, degradación del suelo,
contaminación, pérdida de diversidad biológica, entre otros,
lo cual es de vital importancia para el análisis de la calidad
de vida en el planeta, pero no puede dejar en un plano débil
de comprensión, las preguntas por los impactos sobre las
formas de vida humana derivadas de la relación comunidad-
territorio. (GARCIA, 2014, p. 14)
A partir de ello, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha
dado las directrices generales y estudios esquemáticos de los desplazados
en la región, señalando que el desplazamiento es una violación continua y
múltiple de derechos humanos y en general por ello, si se analiza el caso
de la comunidad Wayú, en quien reside según la Carta de las Naciones
Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así
como la Declaración y el Programa de Acción de Viena, la importancia
fundamental como derecho de todos los pueblos a la libre determinación,
en virtud del cual éstos determinan como pueblos ancestrales libremente
su condición política y su desarrollo económico, social y cultural
(NACIONES UNIDAS, 2008). Se configura una violación constante de
sus derechos humanos como comunidad por cuanto, no reconocer la
incidencia del cambio climático como fundamento de su
desterritorialización desconoce también las cosmovisiones de muchas
comunidades ancestrales para quienes la tierra es la madre y su hábitat
natural (GARCIA, 2014).
En Colombia, en la Sentencia T-025 de 2004, se consideró como enfoque
de protección las acciones derivadas del desplazamiento en grupo étnicos
particulares frente a las diversas manifestaciones del cambio climático en
Colombia,
…en el marco del desplazamiento climático, cobra especial
relevancia cuando involucra a personas que demandan s
atención por sus características particulares, […] No
obstante, vale la pena aclarar que tanto el dominio privado
del cuidado como el dominio público se alteran ante la
ocurrencia de eventos de esta naturaleza. […] las políticas
sociales y los programas de atención a población vulnerable
Reflexiones sociojurídicas sobre migración forzada y cambio climático. Miradas
desde El Cerrejón-Colombia
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Revista de Ciencias Humanas y Sociales. FEC-LUZ
se basan en un enfoque de atención psicosocial con acción
sin daño, que implica hacer un análisis crítico de la situación
que amenaza la integridad de las personas y de esta forma
contribuir a superar el riesgo y disminuir la
vulnerabilidad (DE LA HOZ-DEL REAL, 2019, p. 5).
Finalmente, se resalta considerar la necesidad jurídica en el marco
de los Derechos Humanos incluir en la Ley 387 de 1997 al cambio
climático como fuente suficiente para el desplazamiento forzado, por
cuanto en este escenario se trasgreden derechos humanos masivamente
en un conjunto heterogéneo de los mismos. Luego entonces, constituir al
cambio climático, sea por condiciones externas o incidentes del hombre
como en el caso de la explotación minera como un hecho determinante
en la relación de los indígenas con el territorio, es con más ahínco una
consideración fundamental para el desarrollo interno normativo, con
fundamento en el catálogo internacional.
5. CONCLUSIONES
Las riquezas en recursos minero-energéticos, su potencial etno y
ecoturístico, su diversidad de ecosistemas áridos y su riqueza cultural son
condiciones que debidamente entrelazadas deberían proveer y promover
un promisorio desarrollo sostenible en la población wayúu, y que
articuladamente, gobierno, empresa privada y comunidad, estableciendo
estrategias adecuadas a la cosmovisión indígena podrían potenciar una
zona tan depauperada como lo es el Departamento de la Guajira.
Se busca con ello la dignificación del ser humano, la cual debe
prevalecer sobre instrumentos y herramientas de otra índole, pueden ser
aplicadas siempre y cuando no afecten. En este caso a la comunidad
Wayú, siendo necesario tener clara una política pública que contribuya en
la dimensión social, económica, cultural de estas comunidades cuando se
trate de desplazamiento forzado por el cambio climático y situaciones
coyunturales como las presentadas en el Cerrejón- Guajira, pues en el
entendido que tal situación se presente existe una ruptura en el tejido
social, pues se debe respetar su cultura y brindarles las posibilidades de
convivencian y de desarrollo social integral, que propenda por el derecho
a la vida, por el derecho a una vivienda digna y sobre todo a gozar de
forma pacífica sin miedos y temores de continuos desplazamientos, por el
deterioro en el ecosistema.
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Se hace necesario conocer y aplicar la normatividad que se ha
generado al respecto, las reformas de la política de atención y reparación
de víctimas por el desplazamiento forzado, como lo señala el ACNUR
(2017), el Documento CONPES 2804, donde frente a la gravedad del
desplazamiento se plantea una política de prevención y atención de este
fenómeno por medio del programa de atención humanitaria de
emergencia. De ahí la importancia de repensar políticas públicas que
aborden todas las necesidades y que evalúe la implementación de las
normas que desde hace años se tienen, no obstante su aplicación dista a
dar respuesta a las condiciones de las comunidades como la Wayú,
afectada por esta explotación.
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BIODATA DE AUTORES
Flor María Ávila Hernández. Jurista y catedrática venezolana. Abogada
y Doctora en Filosofía de los Derechos Humanos en la Universidad
Federico II de Nápoles, Italia. Post doctora en Derechos Humanos de la
Universidad del Zulia. Magister Scientiarum en Derecho Público y
Ciencias Políticas de la Universidad del Zulia (Venezuela). Título de
abogado convalidado en la República de Colombia. Especialista en
Derecho Constitucional en la Universidad Católica Andrés Bello.
Profesora de posgrado en las Universidades Católica de Colombia.
Docente e Investigadora del Grupo de Investigación: “Pedagogía y
Derecho”, de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca. Miembro
de Diversos Comités Científicos de Revistas Arbitradas Scopus, incluida
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myriam.sepulveda@unicolmayor.edu.co.
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Yousett Carolina López Contreras. Magíster en Intervención Social.
Profesora de la Universidad del Zulia,Ffacultad de Ciencias Jurídicas y
Políticas, Escuela de Trabajo Social. Publicaciones: Perfil Actitudinal de
los involucrados en el proceso de vinculación Universidad- sector
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/Venezuela/ Revista Cuestiones Políticas 2004 Vol. 20, Num. 33 ISSN:
0798-1406 / e-ISSN: 2542-3185 ReviCyHLUZ..
Correo: yousettlopez@gmail.com
Alvis Rafael Paz Canchila. Abogado, con estudios de convalidación en
la Universidad Catolica de Colombia. Magíster en Derecho Laboral,
título convalidado por el Ministerio de Educación Nacional de Colombia,
mediante Resolución No 1.233 del 22 enero de 2020.
Actualmente participante Auxiliar de Investigaciones del Grupo de
Investigación Pedagogía y Derecho, facultad de Derecho, Universidad
Colegio Mayor de Cundinamarca. Publicaciones: La Inmigración
Forzada Venezolana en Colombia. Retos para la Inclusión Laboral de
Migrantes, Editorial Universidad pontificia de Comillas España (2020).
Correo: alvisraffael@gmail.com
Jaime Humberto Rivas Reyes. Tecnólogo en Relaciones industriales y
contables. Estudiante de Derecho, de la Universidad colegio Mayor de
Cundinamarca. Integrante, del Semillero Pedagogía y Derecho de la
Universidad Colegio Mayor de Cundimarca. Integrante, del Grupo de
Investigación Pedagogía y Derecho de la Universidad Colegio Mayor de
Cundinamarca. Publicaciones: La Inmigración Forzada Venezolana en
Colombia. Retos para la Inclusión Laboral de Migrantes, Editorial
Universidad pontificia de Comillas España (2020). Correo:
jhrivas@unicolmayor.edu.co.
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DEL ZULIA
Revista de Ciencias Humanas y Sociales
Año 38, N° 99 (2022)
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Publicaciones Científicas de la Facultad Experimental de Ciencias, Universidad del
Zulia. Maracaibo - Venezuela
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