Así también, este enfoque es crítico y reconoce la discriminación como una violación de los
derechos humanos de las personas con discapacidad.
A nivel nacional, la Ley para las personas con discapacidad (2007:4) en el artículo 5 define la
discapacidad como:
condición compleja del ser humano constituida por factores biopsicosociales, que
evidencia una disminución o supresión temporal o permanente, de algunas de sus
capacidades sensoriales, motrices o intelectuales que puede manifestarse en ausencias,
anomalías, defectos, pérdidas o dificultades para percibir, desplazarse sin apoyo, ver u
oír, comunicarse con otros, o integrarse a las actividades de educación o trabajo, en la
familia con la comunidad, que limitan el ejercicio de derechos, la participación social
y el disfrute de una buena calidad de vida, o impide la participación activa de las
personas en las actividades de la vida familiar y social, sin que ello implique
necesariamente incapacidad o inhabilidad para insertarse socialmente.
Esta misma ley, en su artículo 6, establece que las personas con discapacidad son:
todas aquellas personas que por causas congénitas o adquiridas presenten alguna
disfunción o ausencia de capacidades de orden físico, mental, intelectual, sensorial o
combinaciones de ellas; de carácter temporal, permanente o intermitente, que al
interactuar con diversas barreras le impliquen desventajas que dificultan o impidan su
participación, inclusión e integración familiar y social, así como el ejercicio pleno de
sus derechos humanos en igualdad de condiciones con los demás (Ley para las
personas con discapacidad, 2007:5).
En el contexto regional, la Ley para la Integración de las Personas Discapacitadas en el Estado
Zulia (2001:2), en el capítulo II, artículo 7, parágrafo A, define a la persona con discapacidad de la
siguiente manera:
persona con discapacidad: es toda persona natural que como consecuencia de una o
más deficiencias físicas o mentales, congénitas o adquiridas, previsiblemente de
carácter permanente y con independencia de la causa que la origina, tuviere pérdida,
reducción o alteración de su capacidad para la educación, para el trabajo o para la plena
integración social; pero que puede ser adiestrada para desempeñar una función útil y
productiva para la sociedad.
Las definiciones planteadas, evidencian el ideal del término discapacidad, el cual considera de
manera esencial el apoyo a esta población para la independencia personal en todos los ámbitos de
la vida cotidiana: educación, trabajo, edificación, transporte, comunicación, información, ocio,
entre otros.